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CAMBIOS EN LA IMPORTACION DE AUTOMOVILES DE COLECCION

La simplificación de trámites en el ámbito estatal dio un nuevo paso. Esta vez, la Secretaria de Industria y Comercio se ocupó de la importación de vehículos usados considerados “modelos de colección” o de interés histórico. Por medio de la Resolución 300/2025, publicada el 30.07.25 en el Boletín Oficial y vigente desde el día posterior a su publicación, se actualiza el régimen vigente, con el doble propósito de preservar el patrimonio cultural automotor y facilitar los trámites para quienes deseen importar este tipo de bienes.

El régimen en cuestión

En 1999 el Decreto 110 limito la importación de automotores usados en Argentina en general y estableció excepciones. Una de ellas contempla a los vehículos con más de 30 años de antigüedad y un valor FOB no inferior a USD 12.000, siempre que sean considerados de interés histórico y cultural para la Nación.

Así las cosas, este año la Resolución 24/2025 estableció un procedimiento específico tendiente a simplificar el trámite de estas importaciones.

Su puesta en marcha dejo a la vista la necesidad de ajustes para reducir la burocracia y de ese modo llego la Resolución 300/2025 que introduce medidas orientadas a acortar plazos, evitar superposición de requisitos técnicos y documentales, y coordinar la actuación de los organismos intervinientes, como la Dirección General de Aduanas y la Dirección de Evaluación y Promoción Industrial.

Principales cambios

  • Presentación digital obligatoria. Las solicitudes deberán gestionarse exclusivamente a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), acompañadas por el formulario correspondiente y la documentación exigida en el nuevo Anexo I.
  • Plazos definidos y procedimientos más ágiles. La Dirección de Evaluación y Promoción Industrial contará con 10 días corridos para evaluar las presentaciones. Si se requiere documentación adicional, el interesado tendrá 10 días hábiles
  • Integración con la Aduana. Cumplidos los requisitos, la Secretaría comunicará la autorización de importación a la Dirección General de Aduanas a través del sistema VUCEA y su validación automática en el Sistema Informático Malvina (SIM), optimizando así la trazabilidad y el control del proceso.
  • Vigencia de las autorizaciones. Las autorizaciones otorgadas tendrán una vigencia de un año desde su notificación. Vencido ese plazo, los derechos se extinguirán de forma automática.
  • Prohibición de enajenar. Los vehículos importados bajo este régimen no podrán ser vendidos, cedidos ni transferidos por un período de dos años a partir de su libramiento aduanero.
  • Reencauzamiento de trámites en curso. Las solicitudes iniciadas bajo las Resoluciones 958/2023 y 24/2025 que aún no hayan sido resueltas se considerarán incluidas en el nuevo régimen y deberán ser evaluadas en un plazo de 20 días corridos desde la entrada en vigencia de esta medida.
  • Finalmente, se derogan artículos y anexos que habían quedado desactualizados, y se consolidan en un único anexo los requisitos técnicos y documentales vigentes.

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